domingo, 24 de julio de 2011

CREDITOS PARA PYMES DEL SEPYME




Dr. Sergio Carbone Contador Publico (UBA)http://www.sergiocarbone.com.ar
GESTION DE CREDITOS PARA PYMES DEL SEPYME
.- CAPACITACION
.- FINANCIACION DE OPERACIONES
.- CAPITAL DE TRABAJO
.- INVERSION EN ACTIVOS PRODUCTIVOS

Solicite CONSULTA al 4362-9602 o al 15-3089-9889

I.- DETALLE DEL REGIMEN
I.a.- Introducción
El presente régimen de Promoción a la actividad de Capacitación en Empresas de tipo Pymes (definición según ley 24.467 Micro, Pequeñas y Medianas Empresas), promuevan su crecimiento y desarrollo a través de la capacitación de su personal; permitiendo realizar todo tipo de inversiones en cuanto a capacitación y mejoras de las técnicas productivas gestionando paralelamente el reintegro de estas inversiones por medio de bonos fiscales que permitirán reducir los impuestos a abonar en el futuro.

I.b.- Temporalidad del Beneficio
Debido a la existencia de Cupos de Financiación de tipo Anual, para el año 2011 existe una fecha limite de presentación de proyectos de capacitación que es el 11 de Noviembre de 2011 pudiendo cada empresa solicitante presentar hasta 3 proyectos para Capacitación de Personal para este año fiscal

I.c.- Quienes pueden acceder a este beneficio
Las Pequeñas Empresas, denominadas MiPyMEs según la Resolución 24/2001 SEPYME, definidas en función de sus ventas Anuales promedio últimos 3 ejercicios excluidos Impuestos Internos e IVA

TAMAÑO / SECTOR
AGRO- PECUARIO
INDUSTRIA Y MINERIA
COMERCIO
SERVICIOS
MICROEMPRESA
$ 150.000
$ 500.000
$ 1.000.000
$ 250.000
PEQUEÑA EMPRESA
$ 1.000.000
$ 3.000.000
$ 6.000.000
$ 1.800.000
MEDIANA EMPRESA
$ 6.000.000
$ 24.000.000
$ 48.000.000
$ 12.000.000

Se recuerda que el Art. 4 de esta resolución establece que No serán consideradas Micro, Pequeñas y Medianas Empresas aquellas que, reuniendo los requisitos establecidos en los artículos 1° y 3° de la presente Resolución, se encuentren controladas por o vinculadas a empresas o grupos económicos que no reúnan tales requisitos, conforme lo establecido por el artículo 33 de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias.

I.d.- Condiciones Indispensable para acceder al programa
Las empresas solicitantes no deben poseer deudas fiscales o previsionales exigibles con la AFIP.
Asimismo no podrán ser Empresas Beneficiarias de la Capacitación las que desarrollen como principal alguna de las siguientes actividades:
a) Financieras
b) Inmobiliarias (Compra, venta y/o alquiler)
c) Corredores de Títulos
d) Empresas de seguros privadas de capitalización
e) Entidades de pensión privada abierta
f) Prestadores de servicios profesionales.


I.e.- Monto del Beneficio a Solicitar
Las Mipymes solicitantes beneficiarias, podrán realizar actividades Cerradas hasta la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000) para todo el llamado 2011, o hasta el cupo que les corresponda por su masa salarial, debiendo tomarse como tope el importe que resulte menor.
A los fines de determinar el importe del Beneficio, de la masa salarial Bruta, se podrá solicitar un reintegro máximo equivalente al equivalente al 8% (ocho por ciento) de la masa salarial bruta abonada en los últimos DOCE (12) meses anteriores a la presentación del proyecto

I.e.- Modalidad de Acceso al Programa
La empresa solicitante debe ser una MIPYME es quien capacita a su personal  y obtiene el crédito fiscal.
Un proyecto se considerará realizado si se completa al menos un CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las actividades aprobadas.

I.f.- Proyectos de Capacitación que son Susceptibles de Capacitación
Las actividades de capacitación son todas aquellas actividades que consisten en el dictado de cursos o la realización de talleres teórico-prácticos.

Las actividades de capacitación se clasificarán en Abiertas, Cerradas o a Distancia:

a)     Actividades Abiertas: son aquellas realizadas por una  por Universidades Públicas o Privadas o por Instituciones de Capacitación con trayectoria acreditable. 

b)     Actividades Cerradas: son aquellas realizadas por una "Unidad de Capacitación" en forma y con  financiamiento exclusivo de la "Empresa Solicitante"
  En este tipo de actividades la cantidad mínima de participantes aceptable es de       TRES (3) personas.

I.g.- Que gastos conforman el Monto Susceptible de Reintegro
Por actividades de Capacitación:
         a.- Inscripciones
         b.- Matriculas
         c.- Honorarios de Capacitadotes
         Netos de IVA

Por Escrituras y Certificaciones Contables




II.- ETAPAS DE LA GESTION
II.a.- Prefactibilidad
Esta etapa consiste en el estudio de los parámetros definidos por las Leyes Nacionales y Normas de la SEPYME a los efectos de determinar si la PYME solicitante del Programa SEPYME califica como posible beneficiario de dicho crédito. Este estudio de PreFactibilidad incluye
         a.- Análisis del Aspecto Económico (Ventas)
         b.- Determinación de la Masa Salarial Base para Tope de Reintegro
         c.- Estudio de Estatuto o Contrato Constitutivo
         d.- Estudio de Paquete accionario y sus vinculaciones con otras sociedades
         e.- Determinación de Modalidad de Solicitud del Crédito


Para realizar este estudio de PreFactibilidad solicitaremos los datos al departamento Contable y de Legales de la sociedad.

II.b.- Solicitud de PreFactibilidad ante el SEPYME
Reunidos los datos indicados en el apartado II.a.- y determinado que la empresa encuadra en la definición MIPYME según SEPYME, se procede a la solicitud de evaluación por parte del SEPYME de la factibilidad del proyecto de capacitación que desea implementar la empresa.
Aclaramos que, en esta etapa, SEPYME estudia no solo el proyecto propuesto sino que también los datos de los capacitadotes y de la empresa que recibirá dicha capacitación.

III.c.- Confección de Legajos para presentar ante SEPYME
De ser Aprobado el proyecto, se realizaran las Carpetas para presentar ante el SEPYME de acuerdo a los datos y documentos requeridos por este organismo.
Los documentos, materiales y datos confortantes de la carpeta a solicitar deberán ser provistos por la empresa que recibirá el servicio de capacitación y por la empresa capacitante.

El legajo incluye una certificación contable de la aplicación de los Fondos al proyecto por cada vez que se deba presentar.

IV.- Carga y Notificación a SEPYME
Junto con la presentación de los legajos ante SEPYME se debe realizar la carga de los datos del programa de capacitación en los sistemas informáticos de SEPYME indicando contenidos y cronogramas de trabajo.

V.- Rendición Final del Proyecto
Cumplimentado el programa de capacitación se debe presentar una rendición final de cuentas del proyecto el que incluye, nuevamente, una certificación contable y un legajo correctamente confeccionado.



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Sergio Carbone
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